• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FRANCISCO DE PAULA PUIG BLANES
  • Nº Recurso: 986/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 1183/2022
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sección d admisión plantea que se examine si al amparo de lo dispuesto en los artículos 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril , de medidas especiales en materia de salud pública 26.1 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y. 54 de la Ley 3/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, las autoridades sanitarias autonómicas pueden adoptar medidas sanitarias que incidan sobre la libertad de empresa en el marco de una crisis sanitaria, con independencia de la previa declaración de cualesquiera de los estados excepcionales previstos en el art. 116 CE.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo
  • Municipio: Logroño
  • Ponente: CARLOS MARIA COELLO MARTIN
  • Nº Recurso: 322/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: INFRACCIONES Y SANCIONES DEL ORDEN SOCIAL
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: ANA CALADO OREJAS
  • Nº Recurso: 758/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reclamación de cantidad en concepto de cuotas comunitarias no abonadas. Desestimada la demanda recurre la actora alegando que la demandada no ha abonado los gastos generales para el sostenimiento del inmueble, considerando que la sentencia de instancia no valoró correctamente la prueba practicada. La Sala indica que la apelación coloca al juzgador de segunda instancia en la misma posición que el de primera, con plenitud jurisdiccional para la valoración de la prueba y apreciar las cuestiones debatidas según su propio criterio, dentro de los límites de la obligada congruencia. Examinando las pruebas obrantes en los autos, no puede llegarse a conclusión diferente de la alcanzada por la juzgadora de primera instancia. Así, no consta el acuerdo liquidatorio de la Junta de Propietarios que incluya la liquidación en relación al apartamento propiedad de la demandada, y si bien existen dos certificados emitidos por el Secretario Administrador de la meritada Comunidad de Propietarios, éstos no son documentos, por sí solos suficientes para la reclamación que se efectúa, si no van acompañados del Acta de la Junta de Propietarios que incluya el acuerdo liquidatorio. La ausencia de tal elemento no permite sin más dar por probado que la cuantía que se reclama es la realmente adeudada cuando no existe liquidación de la deuda y aprobación de la misma por parte de la Junta, por lo que dada la falta de prueba se desestima el recurso.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Mérida
  • Ponente: FRANCISCO MATIAS LAZARO
  • Nº Recurso: 51/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Ciudad Real
  • Ponente: RAMON GONZALEZ DE LA ALEJA GONZALEZ DE LA ALEJA
  • Nº Recurso: 143/2022
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MANUEL CONDE NUÑEZ
  • Nº Recurso: 451/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: IGNACIO MARTIN VERONA
  • Nº Recurso: 926/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia analizada resuelve recurso de apelación interpuesto contra la dictada en primera instancia, que desestimó la demanda presentada para solicitar el desahucio de la demanda y reclamar el pago de rentas adeudadas. El tribunal de apelación estimó el recurso de apelación, revocó la sentencia recurrida y acordó estimar la demanda. En la sentencia se expone el ámbito objetivo del procedimiento de desahucio por falta de pago, que se encuentra limitado por las causas de oposición expresamente previstas (juicio especial y sumario). El tribunal considera que entre las causas de oposición no cabe introducir la de la quiebra del negocio jurídico por causas extraordinarias e imprevisibles (cláusula "rebus sic standibus"), por no ser una de las expresamente previstas, y su alegación tampoco da lugar a cuestión compleja que aboque a la terminación del procedimiento con reenvío a un procedimiento declarativo. Por ello, el tribunal elude tal alegación y resuelve sobre la acción ejercitada, considerando acreditada la causa de resolución del contrato invocada con la demanda (falta de pago).
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: RAFAEL RUIZ DE LA CUESTA MUÑOZ
  • Nº Recurso: 1835/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: RAFAEL RUIZ DE LA CUESTA MUÑOZ
  • Nº Recurso: 1836/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia

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